-
Intervención de Fernando Serrano Migallón
-
En relación con la Acción de Inconstitucionalidad presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el C. Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como miembro del Consejo Consultivo de la Comisión, considero mi deber ético y moral, manifestar que el problema de la interrupción del embarazo puede enfocarse desde distintos ángulos
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Intervención de Héctor Fix-Zamudio
-
En relación con las facultades de los miembros del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y su intervención en la acción de inconstitucionalidad promovida por su Presidente el Doctor José Luis Soberanes Fernández
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Intervención de Juliana González Valenzuela
-
Como miembro del Consejo Consultivo de la CNDH y plenamente convencida de la importancia que para la Comisión tiene la pluralidad de sus miembros, la cual es congruente con el espíritu y la letra de los propios Derechos Humanos, juzgo necesario hacer expresas ante el pleno del Consejo algunas consideraciones sobre el recurso de inconstitucionalidad de la Ley que despenaliza el aborto en el Distrito Federal.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Intervención de Miguel Carbonell Sánchez
-
He leído con gran atención e interés el texto de la demanda de acción de inconstitucionalidad presentada hace unas semanas en contra de las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa del DF en materia de interrupción voluntaria del embarazo. Desde mi punto de vista, no le asiste a la CNDH la razón jurídica en cuanto al fondo del asunto, ya que la legislación local mencionada se apega a lo que establece el marco constitucional vigente en México.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Intervención de Miriam Cárdenas Cantú
-
El principio de legalidad demanda de la sujeción de todos los órganos estatales al derecho, por ello, todo acto o procedimiento jurídico que estos realicen debe tener su apoyo estricto en una norma legal. Luego entonces, se trata de un derecho fundamental en el orden jurídico mexicano. A la luz de este principio, es incuestionable que la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH se apoya en la normatividad que regula su actuación.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Intervención de Paulette Dieterlen Struck
-
Reconozco plenamente la autoridad que el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le otorga al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para presentar una acción de inconstitucionalidad, cuando así lo crea conveniente, así también como la libertad que tiene para expresar sus convicciones morales.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
La justicia, determinante para el veredicto final
-
Sería un error pensar que la despenalización del aborto no debe ser vista como un tema ético o moral. Sería como negar que la Constitución Mexicana tiene una influencia de valores éticos y morales. Y por supuesto que estos conceptos no están peleados dado que a grandes rasgos, La Constitución Mexicana engloba leyes que guían al ser humano (mexicano) a su bienestar, mientras que la moralidad enseña valores y reglas que guían al ser humano a su bienestar también. ¿Por que entonces esta causando tanta polémica una ley de despenalización del aborto?
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ante la interrupción voluntaria del embarazo*
-
En el debate sobre el aborto, el reto para un sistema justo y democrático, es construir espacios de discusión, de tolerancia y de respeto a la pluralidad de puntos de vista que se expresan en la vida pública. Por ello, como legisladora federal del Grupo Parlamentario de Alternativa Socialdemócrata, quiero transmitir un reconocimiento de mi grupo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la apertura de este espacio de diálogo y disertación sobre un tema crucial para la vida de las mujeres.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Política sexual, Estado laico y aborto en México*
-
Si algo caracteriza a México y a los países de América Latina es la permanencia de regulaciones muy conservadoras en relación con la sexualidad. Regulaciones que se apegan o defienden el ideal judeo-cristiano de los usos del cuerpo, que circunscriben la sexualidad a los actos reproductivos y que desaprueban el sexo realizado meramente por placer. Tomando en cuenta que el cuerpo tiene como función dar cuenta del orden social y que la sociedad esta dentro de los individuos, hay que reconocer que las tradiciones religiosas han quedado impresas y están en el fondo de valores contemporáneos, pero al mismo tiempo, han sufrido transformaciones significativas por los procesos de modernización y secularización.
Ubicado en
2016
/
09
/
29
-
Por la constitucionalidad de la ley de despenalización del aborto en la ciudad de México
-
Yo declaro haber abortado. Así concluía el manifiesto que en 1971 publicaron 343 mujeres francesas, entre ellas Simone de Bouvoir, Catherine Denueve, Jeanne Moreau y Marguerite Duras. Alzaron su voz por el silencio de miles de sus compatriotas que abortaban bajo condiciones peligrosas al realizarlo en la clandestinidad. Cuatro años después se logró la despenalización en el país galo y desde entonces las francesas –así como sucede con varios millones de mujeres en el mundo- pueden ejercer libremente el derecho a decidir sobre su capacidad reproductiva.
Ubicado en
2016
/
09
/
29